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Extracto:Madrid, 2 jul (.).- La ley de impulso de los planes de pensiones de empleo entra en vigor este sábad
Madrid, 2 jul (.).- La ley de impulso de los planes de pensiones de empleo entra en vigor este sábado 2 de julio, tras una compleja tramitación parlamentaria que terminó con su aprobación definitiva en el Senado al no haberse introducido ningún cambio.
Con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ayer viernes 1 de julio, terminaba el periplo en las Cortes de esta norma que está llamada a fomentar los planes colectivos de pensiones, los que promueven las empresas para sus trabajadores, a través de la negociación colectiva y apoyados en la creación de fondos de promoción pública.
El proyecto de ley, con el que el Gobierno da cumplimiento a uno de los hitos del plan de recuperación para este año, incorporó algunas mejoras en un complicado trámite en el Congreso, fue aprobada y pasó al Senado.
En la Cámara Alta no se incorporó ninguna enmienda a la ley, pero su votación en el pleno se saldó con un empate hasta en tres ocasiones, una situación que permite al Senado remitir la norma al BOE para su publicación y entrada en vigor, algo para lo que tenía de margen hasta el día 30 de junio.
Estas son algunas de las preguntas clave sobre esta ley:
- ¿Qué son los planes de empleo?
Se trata de un instrumento de ahorro complementario para la jubilación enmarcado en el denominando segundo pilar del sistema de pensiones. Frente a los individuales, estos planes colectivos, que las empresas promueven para sus trabajadores, han sido hasta ahora minoritarios en España.
- ¿Cómo los quiere impulsar esta norma?
La ley contempla varios cambios para facilitar el desarrollo de estos planes.
Para empezar, se prevé la creación de fondos de impulso público, que facilitarán la adscripción de planes para todo tipo de trabajadores, también funcionarios o autónomos.
Por otro, se simplifica la creación de planes sectoriales. Estos planes deberán partir de la negociación colectiva entre patronal y sindicatos de cada sector pero, una vez acordado, el Estado lo diseña y las empresas solo tienen que adscribirse.
Una plataforma digital común aunará todos los planes, simplificando los trámites, facilitando el acceso a la información a los partícipes y favoreciendo la portabilidad entre los planes de pensiones.
- ¿Quién controla estos fondos?
Una comisión promotora -con cinco miembros del Ministerio de Inclusión, uno de Hacienda, otro de Economía, otro de Trabajo y uno más de Transición Ecológica- será la encargada del diseño y puesta en marcha de los fondos de pensiones y de seleccionar a las gestoras y depositarias de su patrimonio.
Una comisión de control -con nueve miembros designados por la Administración Pública, 4 por las organizaciones sindicales y otros cuatro por las organizaciones empresariales- supervisará la gestión de todos los fondos y vigilará la calidad del servicio.
En el trámite parlamentario, se introdujeron límites a la capacidad del Gobierno de impedir determinadas inversiones con los fondos.
- ¿Tendrán comisiones?
Las comisiones máximas a aplicar a los planes de empleo colectivo serán establecidas en los pliegos del concurso con el objetivo de que estén muy por debajo de las que tienen los planes individuales.
- ¿Qué ventajas fiscales tienen?
Conforme a lo establecido en los Presupuestos de 2022 la reducción en el IRPF de las aportaciones a los planes individuales se limita a un máximo anual de 1.500 euros, mientras que se eleva a 4.250 euros la reducción por aportaciones del trabajador a un plan colectivo, siempre que la empresa aporte otros 4.250 euros al plan de ese empleado.
En la tramitación en el Congreso también se introdujo una enmienda de Ciudadanos para que las empresas puedan deducirse en la cuota íntegra del impuesto de sociedades el 10 % de las contribuciones que hagan a los planes de pensiones de empleo de sus trabajadores, para retribuciones brutas anuales de hasta 27.000 euros.
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